viernes, 18 de febrero de 2011

¿Qué es la Securitización? Parte 3

Primero que todo quiero mencionar que el génesis de este documento se encuentra en la memoria de pregrado (para obtener el título de ingeniero comercial, Universidad de Talca, Chile) "Securitización en Chile, análisis del Décimo Patrimonio Separado de Bci Securitizadora correspondiente a La Polar" que desarrollé junto a mi compañero Esteban Román Molina con la ayuda de nuestro profesor guía, el señor Maximiliano Gallegos Rivera.


Antecedentes históricos de la Securitización en Chile       


La Securitización comenzó a practicarse en Chile a partir del año 1994, para ello fue de vital importancia la promulgación de la ley 19.301[1] que modificó un sinnúmero de pasajes legales asociados al mercado de valores. Por un lado, la ya mencionada ley incorporó al mercado los títulos de Securitización como una nueva alternativa de inversión, estableciendo como vehículo a las sociedades Securitizadoras. Estas sociedades poseen la capacidad legal para formar patrimonios separados[2] a partir de la emisión de títulos respaldados por determinados activos.
Si bien los inicios de la Securitización datan del año 1994, la primera emisión inscrita en el registro de valores se realizó en Diciembre del año 1996 por medio de Transa Securitizadora S.A. (clasificada por Feller Rate) siendo conformado por 249 mutuos hipotecarios endosables con un saldo insoluto de UF 104.032 a diciembre de 2007.
 Con el correr de los años esta interesante alternativa de financiamiento incluyó nuevos activos susceptibles de ser securitizados, destacando los siguientes:
Revolving de tarjetas de créditos de casas comerciales, de créditos otorgados por cajas de compensación de asignación familiar, de cuentas por cobrar de empresas diversas (universidades, empresas productivas, etc.), mutuos hipotecarios y contratos de leasing emitidos por sociedades bancarias y no bancarias, créditos automotrices y concesiones de autopistas, puertos, etc.



[1] Ley N° 19.301 de 1994 referida a Mercado de Valores.
[2]Un patrimonio separado es aquel que se forma en virtud de una emisión hecha por una entidad securitizadora con el fin de asegurar a los acreedores de dicha emisión el pago de sus bonos.


1 comentario:

  1. Felicitaciones Gonzalo, hacer un blog y mantenerlo es un buen ejercicio de autoestima y aprendizaje, un abrazo y saludos a tu polola y familia entera! Claudio

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